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Acceso a Información

Publicado el: 20/1/2010 - Comenta usando Facebook

Los Representantes del Partido Popular Jaime Perelló Borrás y Carmen Yulín Cruz Soto, presentaron legislación para crear una ley uniforme que garantice el derecho de todo ciudadano a acceder información pública en todas las agencias, instrumentalidades y corporaciones públicas del Estado Libre Asociado así como en la Asamblea Legislativa e imponer, entre otras cosas, términos para atender las peticiones.

Perelló Borrás y Cruz Soto, quienes desde marzo del pasado año han intentado sin éxito que la Oficina de Gerencia y Presupuesto suministre información sobre las finanzas del Gobierno y los criterios específicos utilizados para la aprobación de la Ley 7 y los despidos de empleados públicos, aseguraron que este proceso ha puesto en evidencia que no existe en las agencias del Gobierno de Puerto Rico, ni en la Asamblea Legislativa un procedimiento uniforme que obligue a los jefes de agencias y secretarios de gabinete a cumplir con las peticiones de información pública que hacen los ciudadanos.

“Hemos tenido que recurrir al Tribunal Supremo para que se nos entregue una información que es pública. Ha sido un proceso extremadamente largo, innecesario y oneroso por el cual ningún ciudadano tiene que pasar en este País. El propósito de este proyecto es evitar que situaciones como ésta se repitan”, dijo Perelló Borrás.

“Luis Fortuño ha establecido un régimen de mordaza en el que se oculta la información para mentirle al pueblo. El derecho que tienen los ciudadanos y los legisladores a obtener información a tiempo, concreta y certera, es uno de los derechos más fundamentales de una democracia participativa. Negar el acceso a la información, utilizando cualquier pretexto, es un duro golpe a la democracia que abre la puerta a una forma de gobernar en la que sólo unos pocos dictan el camino a seguir dándole la espalda a nuestro país. La pregunta es sencilla: si no esconden nada por qué ocultan información”, dijo por su parte la representante Carmen Yulín Cruz Soto.

Con la Ley para Establecer Salvaguardas y Garantías para Acceder a Información Pública en Poder, Custodia y Control del Estado se obliga a los jefes de agencias y secretarios a atender en un término no mayor de diez (10) días toda solicitud de información y en la eventualidad de que el Gobierno y la Asamblea Legislativa determinen no proveer la información deberán remitir por escrito al ciudadano las razones y fundamentos para ello.

La legislación también crea la figura del Procurador Especializado para Garantizar el Acceso a Información. Este funcionario, que deberá ser seleccionado por el Procurador del Ciudadano de una terna de candidatos sometidos por el Colegio de Abogados, la Comisión de Derechos Civiles y la Asociación de Periodistas de Puerto Rico, tendrá la función en ley de solicitar informes a las agencias y corporaciones públicas sobre el cumplimiento de la Ley; podrá recibir quejas de ciudadanos, emitir directrices para que se cumpla con el estatuto y recomendar sanciones disciplinarias contra todo funcionario que obstruya el acceso a información de forma caprichosa y arbitraria.

Perelló Borrás explicó que con la medida se persigue desalentar prácticas en las que incurren algunos funcionarios para obstruir el acceso a información pública y brindar certeza a los ciudadanos de que existe un proceso uniforme para solicitar y que se les suministre información pública.

“Esta medida pone la acción donde todos los partidos políticos de Puerto Rico han puesto sus promesas al pueblo sobre el libre acceso a la información pública y nos coloca a la par con otros países democráticos de avanzada que han adoptado procesos uniformes para garantizar dicho derecho”, afirmó Perelló Borrás.

El proyecto establece una presunción de que todo documento en poder del Estado es público, le impone al Estado el peso de demostrar en un litigio que la información solicitada no es pública y que por lo tanto debe ser considerada confidencial, exime al ciudadano de tener que agotar remedios administrativos si la entidad no contesta o no atiende la solicitud en el término provisto y permite al Tribunal imponer al Estado los costos del litigio y los honorarios de abogados en que tengan que incurrir los ciudadanos, de estos prevalecer.

Dispone también penalidades para las personas que obstruyan el acceso a información y medidas disciplinarias, tanto en la Rama Ejecutiva como en la Legislativa, además de que hace obligatorio que la Rama Ejecutiva y la Legislatura rindan informes que permitirán fiscalizar la implantación del estatuto.

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