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Distrito de Arecibo cuenta con página web para gestionar voto adelantado, anuncia licenciado Ramón Luis Hernández Espino.


La fecha límite es el lunes 16 de septiembre.


Ante la urgencia para realizar las gestiones oficiales para ejercer el voto adelantado para las elecciones, el candidato al Senado por el distrito de Arecibo por el Partido Popular Democrático (PPD), licenciado Ramón Luis Hernández Espino anunció el lanzamiento de una página de internet para ayudar loss electores. “El derecho al voto adelantado vence en trece (13) días si usted vive en los pueblos del distrito, podemos y queremos ayudarle”, señaló.


“Si usted necesita asistencia para solicitar el voto adelantado puede acceder nuestra página www.ramonluis2024.com, comparte su información y voluntarios de nuestra campaña le visitarán para ayudarle. Los pueblos que forman parte del distrito de Arecibo son Dorado, Vega Alta, Vega Baja, Manatí, Morovis, Florida, Barceloneta, Arecibo, Hatillo, Camuy y Quebradillas”, expuso el candidato popular.


Según las disposiciones del Código Electoral, tendrán derecho a votar mediante el procedimiento de voto adelantado, aquellos electores calificados que se encuentren en cualquiera de las categorías abajo indicadas:

A Elector Confinado – Todo Elector confinado en las instituciones penales o en las instituciones juveniles en Puerto Rico.

B Elector Candidato – Todo elector que en ese evento electoral sea aspirante o Candidato a cargo público electivo.

C Elector en Casa de Alojamiento – Todo Elector o condiciones especiales que son residentes en estos lugares, aunque no sea el domicilio informado en su registro electoral.

D Elector con Impedimento Físico – Todo Elector con impedimento físico o no vidente que, durante los cincuenta (50) días previos a una votación y hasta el día esta, haya estado y continuará utilizando sillón de ruedas, muletas, equipos o artefactos indispensables para lograr su movilidad; o que tenga evidente limitación para moverse por sus piernas, aunque no utilice artefacto de apoyo.

E Elector Cuidador Único – Todo Elector que sea la única persona disponible en el núcleo familiar de su domicilio para el cuido de menores de catorce (14) años, de personas con impedimentos y de enfermos encamados en sus hogares.

F Elector Hospitalizado – Todo Elector que se encuentren recluido como paciente en una institución hospitalaria o de tratamiento o cuidado de salud a largo plazo.

G Elector en Trabajo – Todo Elector que sea trabajador público, privado o autoempleado que afirme que deberá estar en su centro de empleo dentro de Puerto Rico, siempre que esté ubicado fuera de su domicilio.

H Elector Viajero – Todo Elector que, vencido el término para presentar solicitudes de Voto Ausente o Adelantado, advino en conocimiento de que estará físicamente fuera de Puerto Rico por cualquier razón en el día de la votación, y que ese conocimiento le surgió antes del día de la votación

I Elector con Voto de Fácil Acceso en Domicilio – Todo Elector con impedimentos o evidente limitación de movilidad o encamado con algún tipo de condición médica que le impida asistir a su colegio de votación, o cualquier Elector con ochenta (80) años de edad o más. A partir del Ciclo Electoral 2020, también tienen derecho a reclamar el Voto Adelantado como sistema de votación que les garantice el acceso a ejercer el derecho al voto de forma privada e independiente


“Aunque la fecha límite es el lunes, 16 de septiembre, ese es el día para que todos los interesados hayan hecho su gestión con tiempo. ¡Si trabajamos, ganamos! La democracia puertorriqueña es muy valiosa y el derecho al voto es la herramienta correcta. A todos los interesados, les invitamos a participar”, añadió el abogado.

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